Si conduce con un permiso de otro país, en algún momento tendrá que canjearlo. Le contamos el procedimiento y qué parte hacemos nosotros.
Quién tiene que canjear
Si reside legalmente en España y tiene un permiso expedido en otro país, puede conducir con él durante un tiempo limitado desde que fija aquí su residencia. Pasado ese plazo hay que canjearlo por el permiso español.
España tiene acuerdo de canje con los países de la Unión Europea y con bastantes países de fuera. La lista la mantiene la DGT y cambia de vez en cuando: si tiene dudas sobre su caso, pregúntenos y lo miramos juntos.
Qué hacemos nosotros
El canje cuesta 49 € e incluye las dos cosas: el reconocimiento médico y la tramitación del expediente con la DGT. Usted no tiene que pedir cita en Tráfico ni rellenar formularios.
- Le hacemos la revisión médica y psicotécnica, como en cualquier permiso.
- Hacemos la fotografía aquí mismo.
- Abrimos y enviamos el expediente de canje a la DGT.
- Le entregamos el resguardo para que pueda seguir conduciendo.
Qué tiene que traer
- El permiso de conducir de su país, en vigor.
- Su documento de identidad o pasaporte y el NIE.
- Las gafas o lentillas que use al volante.
Cuánto se tarda
El reconocimiento se hace en el día, sin cita. A partir de ahí los plazos dependen de la DGT, que es quien resuelve el expediente y emite el permiso español. Mientras tanto usted conduce con la documentación que le damos.
Le atendemos en castellano, catalán, inglés, francés y alemán. Si viene con documentación en otro idioma, tráigala igualmente y la miramos.
Estamos en C/ Bolívia 160, de lunes a viernes.